Poder para cobrar pensión del IVSS

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Ciudad Bolívar, 15 de Junio de 2020
Señores:
Banco Bicentenario
Agencia CC Las Banderas
Presente.-

Reciba un cordial saludo, en la oportunidad de hacerle el siguiente planteamiento:
EL ASUNTO
Yo, MARIA LUCRECIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, con cedula de identidad Nº 0.000.000 Soy beneficiaria de una PENSIÓN que mensualmente me paga el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.- IVSS.- y esta Pensión la cobro por la agencia Bancaria que usted tiene a bien dirigir.
EL PROBLEMA
En la actualidad mi edad es de 83 años y tengo problemas de salud que me impiden movilizarme por mis propios medios. Cuando me toca cobrar esta pensión mis familiares mas cercanos me llevan al Banco casi en peso, ocasionándome esto grandes molestias.

LA PETICIÓN
Acudo a sus buenos oficios en la oportunidad de comunicarle que a través de la presente estoy autorizando suficientemente a mi hija: FRANCIA DEL VALLE MARTÍNEZ DE CERMEÑO, con cédula de identidad Número  V.- 00.000.000, de estado civil, Casada, para que de aquí en adelante sea quien en mi nombre,  cobre esta pensión.
En tal sentido le ruego haga usted lo pertinente para que esta autorización surta los efectos aquí explanados.
Atentamente,
Huella pulgar izquierdo
Huella pulgar derecho Huella Dactilar de la Pensionada MANIFIESTA NO SABER FIRMAR
FRANCIA DEL VALLE MARTINEZ DE CERMEÑO


Anexo: Fotocopias de las Cedulas de :
MARIA LUCRECIA MARTINEZ
FRANCIA DEL VALLE MARTINEZ DE CERMEÑO 
 
La Pensión cóbrela y llévesela al abuelito, no le lleve cuentos chinos, llévele sus reales, el confió en usted, cúmplale. Sí, por que se ven las caras, pero nunca el corazón. El Seguro Social- IVSS le paga a sus afiliados, eso todo el mundo lo sabe en este país, no le vaya después con cuentos al abuelito "me atracaron" el problema de la inseguridad .
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Con este modelo de poder notariado puede autorizar a una tercera persona en la que usted confie para que le cobre su Pensión de vejez que le paga el IVSS. poder Notariado a terceros para que le cobren su pensión, le dejo este modelo. Las personas mayores con problemas de salud pueden otorgar un poder Notariado a terceros para que le cobren su pensión, le dejo este modelo. La legislación venezolana a todas estas situaciones, siempre le da una salida legal. En tal caso le dejo esta salida, el abuelito que le otorgue un poder, después que cobre, entréguele sus reales al abuelito, no se pase de vivo.
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